MANIFIESTO POR LA LIBRE DETERMINACIÓN ECONÓMICA
Durante
más de 500 años, los pueblos originarios hemos padecido discriminación y
miseria, según las propias cifras oficiales, en 9 de cada 10 hogares indígenas, vivimos en la pobreza (INEGI
2010). Así mismo, 7 de cada 10 no
somos derechohabientes de alguna institución federal de salud (PNUD 2010). El
40% mantenemos carencias en el acceso a la alimentación y el 50% soportamos la
falta de acceso a la educación y rezago educativo (Coneval 2012). En nuestro
país, los indígenas no tenemos acceso a la justicia, hay 8334 indígenas presos,
la mayoría no han sido asistidos por un defensor e intérprete (CNDH 2014) y
somos discriminados permanentemente, el 44.1% de los mexicanos considera que no
se respetan los derechos de los pueblos indígenas (Conapred 2012).
Ante
este escenario de discriminación y pobreza histórica, el Concejo Supremo
Indígena de Michoacán (CSIM), liderado
por 20 comunidades originarias, iniciamos una jornada de lucha por medio de la
toma de carreteras en todo el estado. Exigimos la entrega de recursos federales y estatales
para ser administrados directamente por las comunidades originarias, tal y
como lo mandata la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su
Artículo 2, Fracción B, Apartado I: “Las autoridades municipales determinarán
equitativamente las asignaciones presupuestales que las comunidades
administrarán directamente para fines específicos”. Demandamos que el
presupuesto sea verdaderamente participativo,
proporcional y administrado por las comunidades.
En
otras palabras, el CSIM, reivindica el derecho a la libre determinación, al
autogobierno y a la autonomía indígena, derechos consagrados en cuerpos jurídicos internacionales,
nacionales y estatales, en virtud de lo anterior demandamos:
Al
Gobierno del Estado de Michoacán, que cumpla con sus compromisos y establezca
de manera eficiente, mesas de trabajo entre las comunidades del CSIM y los
nuevos Ayuntamientos correspondientes.
Al Congreso del Estado, que apruebe la Ley
de Derechos, Cultura y Desarrollo de los
Pueblos y Comunidades Indígenas del Estado, legislación donde se mandata el
presupuesto directo para las comunidades.
A
los Ayuntamientos de Paracho, Uruapan, Tingambato, Charapan, Zacapu, Quiroga, Erongarícuaro, Chilchota, Los Reyes,
Santa Clara y Ziracuaretiro, que firmen
o ratifiquen el convenio para la entrega y administración del presupuesto de
manera directa.
Al
nuevo Gobierno del Estado, que no desaparezca la Secretaria de Pueblos
Indígenas, ni la convierta en Instituto o Dirección, toda vez que es
considerada una conquista de los pueblos originarios de Michoacán.
Comunidades originarias a 1 de septiembre del 2015
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