La Dirección de Tránsito de La Piedad, por
instrucciones del Presidente Municipal, Hugo Anaya Ávila, desde hace dos
semanas implementó una campaña de concientización para fomentar el uso del caso
entre los motociclistas que circulan por calles y avenidas. A través de la
Dirección de Comunicación Social se inició con un llamado a los conductores de
motos para el uso de esta protección en las conferencias de prensa de esta
dependencia.
El Director de Tránsito Municipal, Jorge
Enrique Ballinas Muñoz, expresó que la campaña se intensificó a partir de este
sábado en la que elementos de vialidad piedadense se dieron a la tarea de
multar a los conductores de motocicleta sin casco, lo que constituye una falta,
tal como lo marca el artículo 62 inciso I del Reglamento de Tránsito de
Vialidad Municipal y dice a la letra:
ARTÍCULO 62.- Los conductores de motocicletas
deberán:
I. Traer puesto el casco protector
diseñado para motociclista, así como el pasajero, cuando circulen por las vías
de jurisdicción municipal;
De acuerdo a la información dada a conocer
por la Dirección de Tránsito de La Piedad, en el operativo implementado se ha
infraccionado a 53 motociclistas por diversas violaciones al reglamento como lo
son: falta de casco, de placas, de licencia, tarjeta de circulación, o de
documentos que acrediten la legal propiedad del vehículo motorizado.
Así mismo el Director de Tránsito de la
Piedad detalló que se han recogido motocicletas de aquellos conductores que no
porten el casco en cumplimiento con lo establecido en el artículo 148 inciso D del Reglamento de Tránsito de
Vialidad Municipal que dice a la letra:
ARTÍCULO 148.- La circulación de un vehículo
sólo puede impedirse, deteniéndolo, o mediante su decomiso en los siguientes
casos:
d) Cuando el vehículo se encuentre en
condiciones tales, que su circulación signifique peligro para sus ocupantes o
para terceros.
La falta de uso de casco, constituye un
peligro para el conductor, tal como ha quedado demostrado en varios accidentes
que han sucedido en este mes y donde algunos han resultado de fatales
consecuencias para los motociclistas, o en el menor de los casos, provocado
lesiones graves. Razones por las cuales se retiene el vehículo aún cuando tenga
placas y tarjeta de circulación.
Ballinas Muñoz también puntualizó que sólo
los menores de edad de 16 a 17 años pueden manejar motocicleta. Esto siempre y
cuando, porten una licencia o permiso provisional de conductor. En este
documento se debe especificar la responsabilidades que conllevan los padres del
menor conductor de este vehículo al ser sus legales tutores.
Así mismo, el Director de Tránsito, hizo un
llamado para el uso correcto de las motocicletas, pues se ha observado a
últimas fechas el sobrecupo en este tipo de transportes, donde familias enteras
viajan en vehículos de dos ruedas que constituye un peligro y una falta a la
reglamentación que constituye una multa de hasta 10 salarios mínimos.
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